Registros de nacimiento dominicanos

Dudas frecuentes sobre registros de nacimientos dominicanos

Registros antiguos de nacimientos dominicanos

¿Cómo puedo declarar el nacimiento de mi novio adulto que nació en la República Dominicana hace más de 20 años, pero cuyo nacimiento nunca se declaró? Para que se declare su nacimiento, tanto él como su madre deben estar presentes en la República Dominicana, y lo siguiente debe presentarse en la oficialía:

  • Prueba de nacimiento del hospital, clínica o alcalde de la ciudad.
  • Prueba de que ha sido o no bautizado.
  • Copia de la cédula o pasaporte de su madre.
  • Copia de la cédula o pasaporte del padre.
  • Escaneo de sus huellas dactilares y fotos tomadas por la Junta Central Electoral
¿El certificado que me enviará será idéntico en todos los aspectos al certificado que se emitió cuando nací o cuando me casé? Sí, la información en un acta emitida hoy en día será idéntica a la información en el certificado emitido cuando usted nació o se casó. La única diferencia es que hoy en día los actas se emiten en papel de seguridad de color especial, cada hoja del cual tiene su propio número de serie, y tiene un holograma por razones de seguridad. Hasta hace poco, los certificados se imprimían en hojas blancas sin numerar. Un acta es en realidad un extracto de un registro original que se guarda en un libro de contabilidad manuscrito. El acta es una prueba de que el registro existe en el libro mayor # X, en folio X de la fecha X.

¿Qué opciones de envío hay? Utilizamos varios servicios:  
  1. Correo certificado dominicano - enviado con código de barra, toma alrededor de 2 a 6 semanas para llegar a América del Norte y Europa.
  2. DHL - Por lo general los utilizamos para las entregas urgentes al exterior.
Me han declarado dos veces, ¿qué puedo hacer? Usted debe contratar un abogado para que pueda solicitar la anulación de una de las dos actas de nacimiento, este procedimiento se hace en la cámara civil y comercial del lugar donde usted ha sido declarada/o.

¿Dónde se puede buscar un registro de nacimiento? En las oficialías del registro civil tienen la mayoría de los registros desde la década de 1920 en adelante. Para los registros más antiguos, un gran lugar para buscar es en el Archivo General de la Nación en Santo Domingo, que mantiene una amplia gama de todo tipo de registros antiguos en sus estantes. Además, las iglesias católicas de todo el país tienen muchos registros antiguos de bautismos. Por ejemplo, el Arzobispado de Santo Domingo, ubicado junto a la catedral de María La Menor, tiene registros antiguos de algunas de las parroquias de Santo Domingo. La Iglesia Mormona en Santo Domingo ha iniciado un agresivo programa de digitación de registros antiguos.

En cuantos libros se hace el registro de nacimiento? Se registran en dos libros, para tener mayor constancia el primer libro es para mandar a la JCE en Santo Domingo al final de año y el segundo libro original se queda en el archivo de la oficialía donde usted fue declarado.

¿Hasta qué edad se puede hacer un reconocimiento? Los hijos e hijas concebidos fuera del matrimonio, podrán ser reconocido por su padre de manera individual, al producirse el nacimiento o con posterioridad el nacimiento, ya sea declarado ante el oficial del estado civil, por testamento o mediante acto auténtico. El reconocimiento es indefinido en RD.

¿Cuáles son los requisitos para el reconocimiento?
  • Cédula de Identidad y Electoral del padre o pasaporte si es extranjero.
  • Cédula de Identidad Electoral de la madre o pasaporte si es extranjera.
  • Acta de Nacimiento del hijo o hija en cuyo favor se hará el reconocimiento, declarada por la madre, si el hijo o hija nació en el extranjero, la partida de nacimiento debe ser previamente transcrita en los registros del país.
  • Dos (2) testigos debidamente identificados con su cédula de identidad y electoral, si fueren dominicanos o con sus pasaportes, si se tratare de extranjeros.
Nota: Para los reconocimientos judiciales o forzosos deberá ser depositado la sentencia debidamente registrada por ante la Consultoría Jurídica de la JCE; adjunto el Oficio de la DNRC.

¿Cuál es el procedimiento para la reconstrucción de un acta de nacimiento? En los casos de pérdida o destrucción de uno de los libros originales en curso, éste podrá ser reconstruido de acuerdo con el original que se conserve, para lo cual será necesario que el oficial del estado civil lo comunique al presidente de la Junta Central Electoral, así como la directa vigilancia del Procurador Fiscal correspondiente.

Si la destrucción ha sido parcial, la reconstrucción puede ser hecha por título fehaciente, testigos, así como por libros o papeles de los padres ya difuntos. En los casos de destrucción de los registros cuya reconstrucción resulte laboriosa y compleja, ésta será encomendada por el Poder Ejecutivo a una comisión presidida por el Procurador Fiscal del lugar de que se trate y compuesta por el presidente del Ayuntamiento del Distrito Nacional o del Ayuntamiento del lugar de que se trate y un ciudadano de reconocida solvencia moral, mayor de cincuenta (50) años.

Esta comisión podrá tomar como fuente las copias, menciones, extractos y otros documentos provenientes del Archivo Oficial del Estado Civil, de los Ayuntamientos, así como cualquier otro escrito emanado de oficina pública y que reproduzcan total o parcialmente los actos desaparecidos.

Esto puede ser robustecido por Declaración bajo fe del juramento de la parte interesada y por información de los testigos requeridos por la comisión. De todo lo anterior deberá levantarse acta, que firmarán los miembros de la Comisión y que posteriormente será transcrita en el registro correspondiente.

¿Puede una persona mayor de edad ser declara luego de haber obtenido su cédula? Si, puede ser declarada, para ser declarada va a necesitar cumplir con los requisitos exigido por la JCE:

  • Fotocopia de la cédula de identificación de identidad y electoral o certificación expedida por el archivo de cédula de identificación personal.
  • Fotocopia de la cédula de identidad y electoral de la persona que hará la declaración.
  • Cualquier otro documento que ratifique la identidad de la persona a declarar, tales como acta de matrimonio, en caso de haberse casado, acta de nacimiento de un hijo o acta de bautismo.
  • Captura de datos biométricos del futuro inscrito.
  • La persona que comparecerá a hacer la declaración deberá ser preferiblemente 5 años mayor que el futuro inscrito.

Por favor, quisiera saber de qué manera me puede enviar en cuanto antes un acta de nacimiento dominicana. Gracias, favor de completar nuestro formulario de petición en esta página, y le enviaremos un correo con las informaciones solicitadas.

Hola necesito un acta legalizada. No es necesario su envío aquí a España. Me han dicho en el consulado que con un acta legalizada escaneada puedo renovar el pasaporte. Gracias, favor de llenar el formulario de solicitud en esta página. Una vez que tengamos su acta en nuestros manos, lo escanearemos para enviársela.

Soy menor de edad todavía. Pero por cuestiones de problemas familiares no conozco a mi padre biológico, no lo he visto desde que tengo dos años. Y hace dos años logré contactarlo para que me diera mis papeles ya que sin ellos no puedo entrar a la escuela y él simplemente me los negó y por lo tanto no tengo ningún documento. Me sería de gran ayuda poder solicitarla yo misma sin necesidad de su firma, quiero terminar la escuela y el acta de nacimiento es imprescindible. Entendido. Favor llenar nuestro formulario de solicitud en esta página. Necesitamos siguientes datos: lugar y fecha de nacimiento, tal como nombres de sus padres.

Hice una rectificación de mi acta de nacimiento hace un año pasado y no ha salido aún. Quisiera ver si me pueden ayudar. Podemos ayudar. Lo primero que haremos es hacer una búsqueda en el sistema para ver si ya la rectificación está lista y si esta se ha transcrito en los libros, para poder solicitar un acta para usted.

Necesito el acta de nacimiento de mi padre. Gracias, favor de llenar el formulario de solicitud en esta página. Necesitamos lugar y fecha de nacimiento en la República Dominicana, y los nombres de sus padres.

Tengo una copia del acta que les puedo enviar. Necesito la apostilla de La Haya para uso en España. Por lo que el Instituto Postal Dominicano trabaja muy al paso, lo más fácil para nosotros sería simplemente sacar una nueva acta de nacimiento.

Hola necesito que mi acta de nacimiento dominicana sea apostillada. Claro, la apostilla es un documento emitido por la Cancillería Dominicana que da validez en el exterior a su acta de nacimiento dominicana. Y a cualquier otro documento, Incluimos en el cobro la obtención de su acta, la legalización y la apostilla.

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Debe llenar el formulario abajo solamente en caso de que tenga una pregunta a que no sea respondida en la página mencionada arriba:

Petición de información de registro dominicano de nacimiento